1. En qué consiste el nuevo
modelo de aportación del usuario para la adquisición de medicamentos en las
oficinas de farmacia
El RDL 16/2012 establece una modificación en
la aportación de los usuarios en la prestación farmacéutica, de tal forma que
la aportación ya no se relaciona exclusivamente con su calificación como activo
o pensionista.
La aportación se realiza según la siguiente
tabla:
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CODIGO TSI
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APORTACIÓN
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DESCRIPCIÓN
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TSI 001
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EXENTOS
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·
SÍNDROME TÓXICO
·
DISCAPACITADOS
·
RENTAS DE INTEGRACIÓN SOCIAL
·
PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS
·
PARADOS SIN SUBSIDIO
·
ACCIDENTES DE TRABAJO
·
ENFERMEDAD PROFESIONAL
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TSI 002
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10%
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PENSIONISTAS:
Renta <18.000 € límite
máximo 8 € mes.
Renta 18.000 a
100.000 límite máximo 18 € mes
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TSI 003
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40%
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ACTIVO RENTA <18.000 €
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TSI 004
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50%
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ACTIVOS RENTA 18.000 a
100.000 €
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TSI 005
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60%
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ACTIVOS RENTA ≥ 100.000 €
PENSIONISTAS RENTA ≥ 100.000 €, hasta límite
máximo 60 € mes
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2. ¿Cómo se obtiene el nivel de
renta a efectos de la aportación farmacéutica?
Se obtiene del dato de la renta consignado en
la casilla de base liquidable general y del ahorro en la declaración del
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del año anterior. En caso de no
ser posible conocer este dato, se aplica el nivel inferior de renta.
3. ¿Cuánto pagarán los
pensionistas en el momento de retirar los medicamentos?
Por regla general los pensionistas, en el
momento de la dispensación, tendrán que abonar un 10% del PVP del medicamento o producto sanitario (salvo que su
renta anual sea superior a 100.000 euros). Los pensionistas cuya renta sea
mayor o igual a 100.000€ abonarán un 60% del PVP del medicamento o producto
sanitario.
4. ¿Quiénes tienen derecho a
devolución en la aportación mensual de medicamentos?
Todos
los pensionistas tienen derecho a que se les
devuelva la cantidad abonada en exceso respecto del límite máximo mensual que
tienen asignado en función de su renta.
A los pensionistas cuya renta anual sea inferior a 18.000 se les devolverán las cantidades
que hayan abonado por encima de los 8€ mensuales.
Para los pensionistas con renta anual superior
o igual a 18.000 e inferior a 100.000€, el límite máximo mensual es de 18€ y
con rentas a partir de 100.000€ el límite es de 60€.
Ejemplo: aquel
paciente pensionista que haya pagado al mes en medicamentos 70€, según su renta
anual la administración le devolverá 62€, 52€ ó 10€. PRIMERO PAGA Y LUEGO SE LE DEVUELVE
5. ¿Cómo se devuelve el exceso
de aportación?
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