La reforma laboral entra en vigor este domingo dia 13 tras
publicarse ayer en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y generaliza la
indemnización por despido improcedente en el caso de los contratos indefinidos
de 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades, al tiempo que
establece que la del despido procedente será de 20 días por año trabajado, con
un máximo de un año de salario.
Esto supone condenar
a la extinción al contrato indefinido ordinario de 45 días por año trabajado de
indemnización por despido improcedente, pues desde este domingo ya no se podrá
contratar fijo con esta modalidad, sólo con la de 33 días.
Para los trabajadores
que ya tengan un contrato indefinido ordinario y sean despedidos de manera
improcedente, la indemnización se calculará a 45 días por año hasta la entrada
en vigor de la ley y desde esa fecha, a 33 días por año.
Además, el Gobierno ha clarificado en la reforma, aprobada
en forma de Real Decreto-ley, las características para que las empresas puedan
acogerse a despidos objetivos por causas económicas (20 días por año
trabajado), aunque habrá control judicial de las mismas.
Así, se entenderán por causas económicas cuando de los
resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa, como la
existencia de pérdidas actuales o previstas o la disminución persistente de su
nivel de ingresos o ventas. En todo caso, se entenderá que la disminución es
persistente si se produce durante tres trimestres consecutivos.
Además, la reforma recuperará a partir del 1 de enero de
2013 el límite al encadenamiento de contratos temporales eliminado por el
anterior Gobierno, y suprime la autorización laboral administrativa que se
requería en los despidos colectivos.

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